Logros 08/06
1,337,078
millones ayllukuna Vale FISEwan yanapasqa
1,850
distritos yanapasqa Vale FISEwan
2,572,325,690
Rurasqa qullqi millones Vale FISE ruranamanta
2,100
Distribución ñankuna kilómetrukuna Bonogas ruranawan
172,358
GNV-man tikrasqa pisilla movil yupay Ahorro GNV ruranawan
1,023
GNV-man tikrasqa llasalla movil yupay Ahorro GNV ruranawan
43,013
Yanapasqakuna Electricidad al Toque ruranawan
613
Muyuriy distritokuna Electricidad al Toque ruranawan
1,755,578
Wataskisqa usuariokuna Bonogas ruranawan
13
Muyuriy suyukuna Bonogas ruranawan
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1,850
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Rurasqa qullqi millones Vale FISE ruranamanta
2,100
Distribución ñankuna kilómetrukuna Bonogas ruranawan
172,358
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Naturaleza jurídica

Naturaleza jurídica del FISE

El FISE tiene personería jurídica propia de derecho privado

El Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), creado mediante la Ley N.° 29852 y modificado por la Ley N.° 32315, cuenta con personería jurídica propia de derecho privado con registro en Partida Registral N.° 16294622 – SUNARP Lima.

El Director Ejecutivo del FISE es responsable de la gestión administrativa, operativa, económica y financiera del programa y es designado por un Comité Directivo conformado por el Viceministro de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas (MINEM), quien lo preside, el Viceministro de Electricidad del MINEM, el Director General de la Dirección General de Electrificación Rural del Viceministerio de Electricidad, el Director General de la Dirección General de Hidrocarburos del Viceministerio de Hidrocarburos, dos representantes del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) y un representante del Ministerio de Economía y Finanzas.

Los recursos del FISE no tienen la calidad de fondos públicos, son de carácter intangible y deben destinarse única y exclusivamente al cumplimiento de los fines establecidos en su ley de creación.

Este marco permite al FISE desarrollar sus intervenciones destinadas, entre otros objetivos establecidos por ley, a promover la masificación del uso del gas natural, el acceso universal a la energía y los mecanismos de compensación energética. Para la celebración de los actos y contratos necesarios para su correcta gestión, la Ley establece además un régimen especial respecto del marco normativo que rige al sector público nacional.

Referencias:
  • Ley N.° 29852 – Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético.
  • Ley N.° 32315 – Ley que modifica la Ley N.° 29852.
  • Partida Registral N.° 16294622 – SUNARP – Inscripción del Fondo de Inclusión Social Energético (FISE) como persona jurídica creada por ley.